Lucena

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Aclaración de los consejeros de las sociedades Lomas del Duque y Dehesa del Duque

Lucena

Los representantes de los Consejos de Administración de las sociedades Lomas del Duque y Dehesa del Duque, ante diversas manifestaciones vertidas en el último pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Lucena, consideramos oportuno hacer públicas  las siguientes matizaciones, para mejor conocimiento de la amplia base social de ambas sociedades, y de la opinión pública en general.

El citado proyecto nació a mediados de 2001, bajo tres señas de identidad bien definidas:

1. Una amplia base social.

2. Ausencia total de animo especulativo.

3. Vocación de “Calidad Total”.

Con esta declaración de principios, en el año 2001 se constituyen las dos sociedades promotoras simultáneamente, se adquiere en subasta pública la finca “La Blanca”, y se realizan los anteproyectos y los estudios económicos de viabilidad. En el año 2002 se inicia la redacción de los proyectos de Campo de Golf y Casa Club

En 2003 se firma con el Excelentísimo Ayuntamiento un Convenio Urbanístico.

En 2004 se produce la aprobación Inicial del Plan Especial, instrumento previsto en el PGOU de Lucena, para la construcción de Campos de Golf.

En 2005 a propuesta de la Gerencia de Urbanismo, se abandona el procedimiento del Plan Especial, y se acomete el desarrollo de un Proyecto de Innovación.

En ese mismo año, la Consejería de Obras Públicas pide al Ayuntamiento que “extreme la prudencia en la tramitación del proyecto, habida cuenta que hay en desarrollo una nueva regulación especifica para la implantación de este tipo de instalaciones turístico-deportivas”. La referida regulación no vería la luz hasta 2 años y 7 meses después con la aprobación del decreto 43/2008 referente a campos de golf de interés turístico, nuevamente reformado otros 2 años y 3 meses después con el decreto 309/2010. Esta nueva  reforma intentaría hacer mas transitable el decreto inicial. Ni uno ni otro, ha podido dar cabida a ni un solo proyecto de golf en nuestra Comunidad.

En 2006, obtenemos la aprobación inicial por el pleno del Ayuntamiento de Lucena del Proyecto de Innovación.

En 2007 el  Proyecto de Innovación tramita favorablemente la declaración de impacto ambiental, y las actuaciones arqueológicas preventivas.

En ese mismo año, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo de la Junta de Andalucía, y en relación al Proyecto de Innovación aprobado un año antes por el Ayuntamiento de Lucena, decreta su  “Suspensión”, en un acto administrativo de difícil interpretación, ya que ni aprueba, ni rechaza. Cabría pensar que el órgano administrativo trataba de dar tiempo al desarrollo de la “nueva  regulación específica” a que se refería en la comunicación al Ayuntamiento del año 2005 que ya hemos aludido. Contra dicha resolución, presentamos un Recurso de Alzada, que sería desestimado un año después, no por razones de fondo, sino meramente formales.

En 2008  (¡por fin!) se realiza la publicación del decreto 43/2008 sobre campos de golf.

Entre 2009 y 2010 se realizan las adaptaciones  de todos los proyectos al decreto y a la posterior modificación del mismo por el decreto 309/2010.

Las referidas adaptaciones, incluyen la corrección de los incumplimientos en los aspectos deportivos, turístico y medioambiental, aun cuando  después de diez años de tramitaciones, y de haber invertido 745.000€ en honorarios de proyectos, propusimos a los técnicos de la Junta en la reunión mantenida el 15 de abril, evaluar el proyecto y su adaptación a la normativa actual, no sobre la base de nuevos proyectos técnicos con todos los requerimientos y coste que conllevarían, sino sobre un documento mucho mas esquemático y mucho más económico, un Master Plan con el nivel de detalle que fuese necesario, a lo que se nos respondió taxativamente que No.

Adicionalmente, en la misma reunión, se nos volvió a aplicar una reglamentación futura, en la misma línea de otros momentos de  nuestra andadura, advirtiéndonos que conforme a la “nueva Ley de Turismo”, en aquella fecha en trámite de discusión parlamentaria,  el proyecto incumpliría las determinaciones de uso turístico de parte de las viviendas proyectadas, debiendo convertir el área residencial, en un gran conjunto  indivisible, y destinado a explotación hotelera por parte de un operador turístico. 

Ante tal actitud, las juntas generales de ambas sociedades deciden abandonar las tramitaciones, e  iniciar el procedimiento de liquidación ordenada del proyecto, hecho que motivó una petición por escrito de D. José Luis Bergillos, anterior alcalde de la Corporación Municipal al Presidente de La Junta D. José Antonio Griñán en términos de revisión de las actuaciones administrativas, en orden a recuperar el impulso político al proyecto, y por otro lado, una moción de apoyo institucional presentada por el Grupo Popular el citado Pleno Municipal de 26 de Junio, en el que se expusieron  determinadas cuestiones relacionadas con nuestro proyecto, y que tratamos de puntualizar a continuación:

1.- Que ningún partido político representa a estas sociedades, únicamente su consejo de administración.-

2.- Respetamos profundamente el debate político. En este sentido, respetamos la valoración negativa  del proyecto que han mantenido desde hace tiempo, los representantes políticos de Izquierda Unida, aunque naturalmente no la compartimos. Lo que no nos parece tan respetable es el falseamiento de la realidad, y así actúa quien dice que primero nació el proyecto de golf, y posteriormente sobrevino el proyecto residencial, cuando es público que ambos nacieron juntos e inseparables.

3.-En ningún momento hemos pedido a ningún partido político ni que se presente, ni que se retire la referida moción presentada por el Partido Popular, en contra de lo manifestado expresamente en el Pleno por el portavoz del Grupo Socialista.

4.- Naturalmente, agradecemos la iniciativa del partido Popular en tanto que apoya nuestro proyecto.

5.- Nos hemos limitado a informar de la situación del proyecto a quienes nos lo han pedido.

6.- Que el “informe demoledor” así indicado en el pleno municipal, es tendencioso por cuanto es parcial lo indicado en él, ya que no incluye las  adaptaciones contenidas en el Master Plan aportado a la reunión.

7.-Rechazamos cualquier calificación de especulación inmobiliaria: Las dos sociedades se constituyen simultáneamente con el objetivo de aplicar la totalidad de las plusvalías inmobiliarias a la construcción de los campos de golf, la casa Club, y anexos deportivos y comerciales.

8.-Otro aspecto del informe leído en el Pleno: La falta de la Autorización Ambiental Unificada. Dicho documento, conforme al Decreto 309/2010,  se puede tramitar con posterioridad de la calificación de Excelencia Turística

Si los grandes inconvenientes para la aprobación del proyecto, son la escala gráfica, que la escuela y el campo de 9 hoyos no está grafiado (sí en la documentación), la documentación gráfica insuficiente (sin más), la falta de un plan de formación de trabajadores, el plan de comercialización concreto y el plan de eventos ( a 4/5 años vista), etc. da la impresión  que son argumentos para rellenar, de una Administración que en diez años, no ha podido (¿o querido?) aprobar ni un solo proyecto de Golf en nuestra Comunidad.

Los Consejos de Administración de Las Lomas del Duque SA y  La Dehesa del Duque SA

 

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