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Los consumidores y la inspección, claves para hallar productos inseguros e incluirlos en la Red de Alerta

CONSUMO. Las personas consumidoras y usuarias conforman un importante eslabón para la detección de productos que pudieran comprender riesgos de seguridad. Junto a la Administración de Consumo, forman parte de un sistema sujeto a una necesaria coordinación a nivel autonómico, estatal y europeo con el propósito de conseguir la mayor efectividad posible a la hora de detectar, analizar y, si procede, inmovilizar y retirar productos inseguros para evitar que puedan llegar a las personas consumidoras y usuarias.

En Andalucía, estos procedimientos se articulan a través de la Red de Alerta de Andalucía de Productos de Consumo –creada en virtud del Decreto 5/2009, de 13 de enero–, dependiente de la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, y basada en un sistema de intercambio rápido de información en forma de red.

Se trata de un instrumento de colaboración, cooperación y coordinación entre la Administración de Consumo de la Junta de Andalucía y las entidades locales. La red andaluza facilita la comunicación e intercambio rápido de información sobre productos inseguros en continua coordinación con las redes de alerta a nivel nacional y comunitario, esto es, con SIRI (Sistema de Intercambio Rápido de Información) y RAPEX (Rapid Alert System for non-food dangerous products-Safety Gate), respectivamente.

Dichas redes se activan ante la existencia en el mercado de un producto que pudiera generar riesgos para la seguridad de las personas consumidoras y usuarias, excluyendo los alimentos, medicamentos y productos sanitarios, o aquellos productos que ya cuenten con una normativa específica que regule en materia de seguridad.

La detección de productos inseguros puede realizarse a través de las inspecciones que realiza la Administración competente, en este caso la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, en las diferentes campañas de control que se llevan a cabo a lo largo del año (Plan de Inspección de Consumo). Asimismo, estas identificaciones pueden derivar de denuncias interpuestas ante la Administración de Consumo de personas que detectan productos que pudieran ser inseguros –por ejemplo, por riesgo de atragantamiento, riesgo químico, etcétera–.

La persona consumidora que observe algún producto que pudiera ser inseguro, puede denunciarlo presencial o telemáticamente ante Consumo –en la delegación territorial competente en materia de Consumo de cada provincia andaluza–, facilitando información del mismo (denominación, marca, lote, referencia, empresa responsable, etcétera), identificando el lugar donde se adquirió el producto –es importante aportar la factura–, describiendo los hechos y aportando pruebas (fotos o vídeos) que puedan servir para demostrar lo expuesto en la denuncia.

Tras esta primera fase de detección, se procede a la evaluación o análisis del producto por parte de Consumo, revisando la documentación de éste (marcado CE, etiquetado, instrucciones...) y se remiten las muestras a los laboratorios o se comprueba in situ (verificación presencial) si cumple con la normativa de seguridad. En función de los resultados, la Administración tomará la decisión de incorporarlo o no a la Red de Alerta de Productos de Consumo.

En el caso de que hayan sido verificados los riesgos del producto, la autoridad retirará del mercado los productos incluidos en la Red de Alerta, tanto los notificados por iniciativa propia como los de otros organismos. Además, se inmovilizará la mercancía y se establecerá la prohibición de su venta. La Dirección General de Consumo también trabajará para recuperar los productos que ya hubieran sido vendidos.