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Ejército y Comunidad Valenciana: una cuestión de competencias

La fatídica DANA que ha subsumido a nuestro país en un auténtico escenario de Halloween en los últimos días, ha mostrado las dos caras de una misma nación en la que el ciudadano parece estar más lejos que nunca de la clase política. Mientras esta última sigue reprochándose las consecuencias de una catástrofe natural, la ciudadanía ha puesto el grito en el cielo con sus esfuerzos solidarios para paliar esta agonía a la mayor brevedad posible.

En cambio, en las últimas horas no son pocas las voces que respaldan las recriminaciones entre Gobierno central y Gobierno de la Generalidad Valenciana, convirtiendo la DANA en un auténtico escenario político donde el “y tu más” vuelve a ser un gran protagonista de la política española. Ahora bien, ¿quién ostenta la competencia en este supuesto?

Si bien la Constitución española no regula expresamente la institución de la Protección Civil, es el Tribunal Constitucional el que enmarca esta en el ámbito de la seguridad pública del art. 149.1.29, es decir, como competencia exclusiva del Estado, la cual se identifica con catástrofes o calamidades públicas que puedan hacer peligrar masivamente la vida de las personas. Por lo que partiendo de esta base podríamos pensar que la responsabilidad recae en el Gobierno central, pero esto no es cierto.

Una sentencia del TC de 15 de diciembre de 1984 establece que “debe reconocerse a las CCAA competencia en materia de protección civil, especialmente para la elaboración de los correspondientes planes de prevención de riesgos y calamidades y para la dirección de sus propios servicios en el caso de que situaciones o de emergencia se produzcan”. Así, es en este sentido la Ley 2/1985 sobre Protección Civil remite a una Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, que siguiendo lo dispuesto en el apartado 8.2 de su Capítulo III y conforme a la doctrina del TC de distribución de competencias, lleva a las CCAA a establecer su propia regulación en esta materia.

Así pues, en función de lo que acabamos de exponer queda claro que la Ley deja en manos de las diferentes administraciones autonómicas el hacer frente a estas situaciones mientras el escenario no llegue al nivel 3 de emergencia.

El nivel 1 se da cuando los daños están en una zona y se puede hacer frente a ellos con el plan de emergencias local, municipal, provincial o autonómico.

Sin embargo, actualmente nos encontramos en el nivel 2 ese que se da cuando los daños superan las capacidades y recursos con los que cuenta la comunidad autónoma afectada. Así, es en este escenario en el que el Gobierno de Mazón continúa estando al frente de la DANA, mientras que el Gobierno central ya ha anunciado el envío de miembros del ejército a dicho lugar, como así permite la legislación vigente. Esto último responde a la pregunta de por qué el ejército no llegara antes a la Comunidad Valenciana, ya que era necesaria la solicitud del presidente de la Generalidad para hacer esto posible.

Así, llegados a este punto la única responsabilidad del actual Gobierno y presidente del Gobierno en la catástrofe de la DANA sería una vez alcanzado el nivel 3. La Ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat establece que el presidente de la misma podrá declarar la situación de emergencia catastrófica cuando la intensidad de los daños sea “particularmente grave”. No obstante, la Ley estatal del Sistema de Protección Civil establece que esta situación “se corresponde con las emergencias de interés nacional, declaradas por la persona titular del Ministerio del Interior de acuerdo con la ley”, es decir, sería Marlaska el encargado de declararlo y a partir de ese momento sería el encargado de dirigir la situación de emergencia.

Precisamente ha sido esta la cuestión que ha suscitado los reproches entre los gobiernos de ambas Administraciones territoriales, y en especial la desconocida para aquellos ciudadanos que se han visto motivado a tachar a Pedro Sánchez como la ruina de este país.

En definitiva, desconocemos el por qué aún no se ha elevado la emergencia al nivel 3, pero lo cierto es que ninguno de los Ejecutivos se ha atrevido a hacerlo, en el caso del Gobierno central y tal y como afirmaba el propio Ferreras “para evitar un choque institucional”, y en el caso del señor Mazón probablemente para evitar reconocer su ineficacia en la gestión de la DANA, algo que supondría un desgaste político de enorme calibre al dejar su gestión en manos del Gobierno de la Nación.